Autor: RICARDO CANESE
CAMPAÑA POR LA SOBERANÍA HIDROELÉCTRICA
Coordinadora Nacional por la Integración y Soberanía Energética
** La victoria del pueblo en la elección del 20 de abril de 2008 pasado, que llevó a Fernando Lugo a la Presidencia de la República, es el inicio de un profundo proceso de cambio. Uno de los ejes fundamentales es la recuperación de la soberanía hidroeléctrica, la principal riqueza natural del Paraguay.
** Como un reconocimiento al importante cambio que se iba a producir, el Presidente del Brasil, Luiz Inácio Lula Da Silva, en su primera entrevista con Fernando Lugo el 2 de abril de 2008, aceptó tratar todos los reclamos paraguayos sobre Itaipú.
** En función a ello, el gobierno paraguayo designó una Comisión de Negociación de Itaipú, coordinada por Ricardo Canese, la cual trabajó conjuntamente con el Presidente Fernando Lugo y estableció seis (6) puntos a ser reclamados al Brasil. Tales puntos son:
1. Soberanía hidroeléctrica (libre disponibilidad de la energía hidroeléctrica paraguaya).
2. Precio justo para la energía exportada.
3. Revisión de la deuda.
4. Administración paritaria (cogestión).
5. Control y transparencia.
6. Ejecución de las obras faltantes.
** Estos seis puntos fueron presentados en la reunión preliminar con Marco Aurelio García, el día 1º de agosto de 2008 y reafirmados en la cumbre presidencial del día 17 de setiembre de 2008, realizada en Brasilia. A partir de allí, se comenzaron a estudiar cada uno de tales puntos. Vamos a analizar qué significa cada uno de estos puntos.
PUNTOS 1 Y 2. LA LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA ENERGÍA PARAGUAYA Y EL PRECIO JUSTO.
** Estos dos primeros puntos están estrechamente relacionados entre sí. De acuerdo al Tratado de Itaipú, corresponde a cada país (Brasil y Paraguay) el 50% de la energía generada por la central y toda la energía no utilizada por una de las partes, debe ser cedida a la otra, a cambio de una compensación. Esta compensación se estableció (en el Tratado de 1973) sin ningún criterio de mercado ni técnico. Por las asimetrías entre ambos países, no era posible que el Paraguay consumiera toda su energía internamente y es el Paraguay entonces quien debía ceder su energía a Brasil.
** Pero, el Tratado (suscrito el 26 de abril de 1973) se basa en el Acta de Foz de Yguazú (del 22 de junio de 1966), en la cual se establecía que el Paraguay tenía derecho a vender su energía a terceros países, si bien el Brasil tendría "preferencia" en su adquisición si pagara por ello un "justo precio".
** El Acta de Foz de Yguazú está incorporada en el Preámbulo del Tratado y, por lo tanto, forma parte de él. El mismo Tratado no prohíbe que el Paraguay venda su energía a terceros países y le otorga al Brasil el derecho de adquisición de la energía que el Paraguay no utilice para su consumo interno, lo que debe ser interpretado, a la luz del Acta de Foz de Yguazú, como un derecho de preferencia, a "justo precio".
** El Paraguay reivindica plena soberanía sobre su energía hidroeléctrica, de la misma forma que el Brasil reclama y ejerce su soberanía en relación a sus recursos naturales. Coincidimos plenamente, pues, en los principios de ejercer la soberanía sobre nuestros recursos. Entonces, ¿por qué el Brasil no acepta que el Paraguay disponga soberanamente de su energía? Se basa en que -según su interpretación- el Paraguay renunció a ejercer su soberanía de acuerdo al Tratado de Itaipú de 1973 y que si el Brasil sabía que el Paraguay quería ejercer su soberanía, el Brasil no hubiera impulsado la construcción de Itaipú.
** La citada afirmación, dicha por exponentes del gobierno brasileño aunque no por el Presidente Lula- es falsa en varios sentidos.
** Primero, porque el Tratado, aún con sus defectos, no le prohíbe al Paraguay disponer libremente de su energía, dado que está incorporada el Acta de Foz de Yguazú a su Preámbulo y, por tanto, forma parte integral del mismo Tratado. Consiguientemente, no hay ninguna renuncia a ejercer la soberanía hidroeléctrica paraguaya. Ha sido la aplicación del Tratado por parte de los sucesivos gobiernos (paraguayos y brasileños) hasta el pasado 15 de agosto, y no su letra, lo que ha comprometido nuestra soberanía.
** Segundo, porque no hay en el Tratado ninguna renuncia expresa a la soberanía hidroeléctrica de parte del Paraguay y, si la hubiera o alguien la pudiera interpretar así, tal renuncia será nula, de nulidad insubsanable, pues la eventual renuncia a la soberanía nacional debería guardar formas que no se han guardado.
** Tercero, porque el pueblo paraguayo estaba sometido a la dictadura de Alfredo Stroessner y, por lo tanto, cualquier eventual renuncia a la soberanía nacional -en un momento en que el pueblo no podía ejercer sus derechos- sería enteramente nula.
** Y cuarto, porque en verdad el Brasil no tenía y mucho menos tiene hoy- alternativa más conveniente que Itaipú. Aún con los inflados costos de Itaipú (que generaron un fabuloso negocio para la industria, las empresas de construcción y las finanzas del Brasil, hasta ahora), su energía es relativamente barata para el Brasil. Además, la mayor parte de dicho costo (el pago de la deuda y los gastos de explotación) quedan "en casa" y, en verdad, son fuentes de negocio para grandes empresas brasileñas y transnacionales afincadas en el Brasil.
** En el último trimestre de 2008, Chile ofreció comprar energía paraguaya a unos 120 US$/MWh (casi el triple de lo que el Brasil paga por la energía paraguaya de Itaipú, a 45 US$/MWh). Aún previéndose mayores costos, el beneficio neto que resultaría de la operación de exportación a Chile sería del orden de 60 US$/MWh, unas 20 veces (2.000%) la compensación que el Paraguay recibe del Brasil por ceder con exclusividad su energía. Esta oferta concreta que a mayo de 2009 estaba pendiente de la autorización argentina- demuestra la importancia del principio de la soberanía hidroeléctrica.
** La energía de Itaipú tiene una tarifa eléctrica que siempre debe ser igual al costo, según se establece en el Anexo C del Tratado. Los dos países, cuando contratan la potencia y la energía que está asociada a ella, pagan a Itaipú ese costo del servicio, que es el mismo (cerca de 42 US$/MWh). Cuando el Brasil recibe la energía paraguaya, paga la compensación por la cesión de energía al Paraguay (3 US$/MWh), costándole la tarifa unos 45 US$/MWh. Si se tiene en cuenta que el Brasil recibe una energía casi gratuita (la energía excedente y "no garantizada", a 5,1 US$/MWh), la tarifa promedio para el Brasil resulta igual a 37,8 US$/MWh (por 84.000 GWh/año, energía equivalente al 20% de la demanda del sistema eléctrico brasileño).
** Nótese que las tarifas que pagan Paraguay y Brasil son las mismas para (a) la energía asociada a la potencia contratada (42,7 US$/MWh) y (b) para la energía "adicional" (excedente y "no garantizada", 5,1 US$/MM).
** El sistema eléctrico brasileño se lleva el 75% de esta última energía casi gratuita (12.740 GWh/año), en tanto que el Paraguay apenas el 25% (4.260 GWh/año), a pesar de que el Tratado establece que la energía será dividida en "partes iguales" y que esa ha sido la práctica desde el inicio de la operación, en relación a la energía gratuita o casi gratuita (energía de prueba; energía de transición; y energía excedente). Hay que acotar que por 8.500 GWh/año el Brasil paga 5,1 US$/ MWh (su 50%) y por 4.240 GWh/año (la energía paraguaya "no garantizada" cedida) el Brasil paga 7,8 US$/MWh.
** Es cierto, como normalmente señalan los técnicos brasileños de Itaipú, que la tarifa promedio del Paraguay resulta más barata (22,6 US$/MWh) que la del Brasil (37,8 US$/GWh), pero ello se debe a que el Paraguay, aún accediendo a menos de lo que tiene derecho de la energía casi gratuita, como consume una pequeña cantidad, en promedio el precio es más bajo. Esto no debe ocultar que el Brasil lleva mucha más (75%) de energía (casi gratuita). El Paraguay reivindica tener acceso al 50% de la energía "no garantizada" casi gratuita, tal como establece el artículo XIII del Tratado.
** Un hecho similar ocurre con la reserva de potencia gratuita, en torno a 400 MW que mayoritariamente ha servido para mantener la frecuencia del sistema eléctrico brasileño.
** En cuanto a los beneficios totales (no sólo la compensación, sino también los royalties, el resarcimiento y las utilidades, los cuatro conceptos previstos en el Anexo C del Tratado), hubo un visible deterioro del valor que preveía el Tratado que el Paraguay iba a recibir el 26 de abril de 1973, cuando fue firmado el mismo, en relación al presente. En abril de 1973 el Paraguay podía comprar 19,5 millones de barriles con los beneficios previstos en el Tratado, y hoy, aún con la pronunciada caída de la cotización del petróleo, el Paraguay puede comprar tan sólo la cuarta parte (si el barril está a 70 US$) o la mitad (si el barril está a 35 US$). En mayo de 2009, la cotización está en 60 US$/barril, lo que permite comprar menos de la tercera parte que en 1973.
** No seguir los criterios de mercado puede ser una política justa para reparar las asimetrías con los países de menor grado de desarrollo. Eso es lo que hace Venezuela, por ejemplo, cuando vende su petróleo a países pobres por debajo del precio internacional. Vender por debajo del costo se justifica para subsidiar y ayudar a los países más pobres. También cuando consumidores de países ricos pagan más en un trato directo con los pequeños productores de países pobres, por ejemplo. Es lo que se denomina "comercio justo". En nuestro caso ocurre exactamente lo contrario. El Paraguay es un país más pobre que el Brasil. Posee el triple de indigentes en términos porcentuales.
** Se da una paradoja, entonces, que el país más pobre -el Paraguay- subsidia con una energía de más alta calidad que el petróleo a un país porcentualmente más rico, como es el Brasil y, para más, esa tendencia se ha ido agudizando en las últimas décadas. Por eso el Paraguay puede comprar hoy la mitad (si el petróleo se cotiza a 35 US$), menos de un tercio (si el petróleo está en 60 US$/barril, cotización de mayo de 2009), o bien la cuarta parte (si el petróleo se cotiza a 70 US$) de lo que podía comprar en abril de 1973.
** Lo que el Paraguay reivindica es que se aplique el criterio definido en el Acta de Foz de Yguazú, base del Tratado de Itaipú, incorporado y parte de este mismo. En ese caso, el Brasil continuará teniendo la preferencia sobre la energía paraguaya, siempre que pague el "precio justo" (120 US$/MWh, como ofrece Chile, incluso con un descuento por menores gastos de transmisión e intermediación, y no 45 US$/ MWh como ahora paga a Itaipú por la energía paraguaya). El Paraguay propone que la libre disponibilidad de su energía se dé en un marco de integración regional eléctrica en el Cono Sur de América, con una estrategia donde todos ganamos.
** Igualmente, se exige que el Paraguay tenga el 50% de la energía "no garantizada" casi gratuita y también el 50% de potencia gratuita, igual a la reserva de potencia gratuita adicional al 50%, utilizada por el sistema eléctrico brasileño desde 1985 a la fecha, para mantener su frecuencia.
PUNTO 3. REVISIÓN DE LA DEUDA DE ITAIPÚ.
** La regla que rige en Itaipú es que las empresas eléctricas que contratan potencia -y adquieren energía- pagan una tarifa igual al costo total del servicio de electricidad, dentro del cual se incluye el pago del servicio de la deuda (total de cargas financieras y amortización de créditos contratados). Como se vio en el Cuadro 1, el 66% del costo del servicio corresponde al pago de la deuda. Ahora bien, ¿cuál es el origen y carácter de la citada deuda, que a fines del 2007 era de 18.701 millones de dólares?
** Se había sido calculado en un inicio que Itaipú iba a costar 2.033 millones US$, incluyendo las cargas financieras. Terminó costando más de 20.000 millones. Este fuerte incremento de costos se debe a los enormes sobrecostos (robos) perpetrados durante la etapa inicial de su construcción, dirigida por ambas dictaduras, brasileña y paraguaya. Aproximadamente el 85% de la facturación ha sido realizada por empresas brasileñas o transnacionales afincadas en el Brasil y el 15% restante por empresas paraguayas. Este 15% posibilitó la creación de una oligarquía de inmensas fortunas malhabidas que ha tenido entre sus miembros a Stroessner y su círculo íntimo, entre ellos, Andrés Rodríguez, y los popularmente llamados “Barones de Itaipú” que gobernaron directamente el país entre 1993 y 1999 (Juan Carlos Wasmosy y Raúl Cubas).
** Otra razón por la cual la deuda de Itaipú no ha bajado desde el inicio de su operación hasta ahora es porque en lugar de amortizarse los créditos contratados -como establece el Anexo C del Tratado desde el inicio de la operación de la usina (1985) Itaipú decidió fijar una tarifa inferior al costo a pedido de las empresas eléctricas brasileñas FURNAS y ELETROSUL. Este pedido podía haber sido atendido, pero como crédito de Itaipú a ambas empresas eléctricas y no con una medida no prevista por el Tratado: la aplicación de una tarifa por debajo del costo, de la cual se benefició también la ANDE, aunque apenas en un 2%.
** El Paraguay ha solicitado al Brasil en la mesa de negociaciones que se tome en cuenta este hecho y que Itaipú cobre a las empresas eléctricas brasileñas (en un 98%) y a la ANDE (en un 2%), o bien las Altas Partes Contratantes (Brasil y Paraguay), como establece el Tratado. Igualmente, el Paraguay ha propuesto que se cobre a cada empresa eléctrica (o a las Altas Partes) los intereses moratorios de 1%/mes que Itaipú Binacional le está cobrando actualmente a la ANDE por la cuenta de energía que no pagó entre 1999 y 2000.
** La adopción de esta medida (fijación de tarifa por debajo del costo) demuestra que, cuando le conviene a las grandes empresas eléctricas del Brasil, no se ha dudado en modificar de facto el Tratado. Por ello, la negativa a interpretar como corresponde el Tratado de Itaipú porque, según los negociadores brasileños, sería una "modificación" del Tratado, en el sentido que el Paraguay puede disponer libremente de su energía (si bien con preferencia para el Brasil), carece de toda lógica, pues en su momento el Brasil procedió a dejar de tener en cuenta el Tratado, a fin de obtener una tarifa inferior al costo.
** También hay otros cuestionamientos a la deuda, como ser (a) la no contratación de potencia por parte del Brasil entre 1988 y 1990, (b) el aumento brusco de la deuda en 1994 (por más de 4.000 millones US$) debido a la aplicación del Plan Real en el Brasil y (c) la no consideración en el costo del servicio de electricidad de Itaipú del reajuste aplicado al saldo de la deuda desde 1997 hasta 2007, y eliminado desde el 2008. También se debe considerar el hecho que, según el artículo IX del Tratado, las Altas Partes (y sus verdaderos "alter ego" como ELETROBRAS) deben dar aportes y no créditos.
** ¿Qué propone; en suma, el Paraguay en cuanto a la deuda de Itaipú? Que se realice una auditoría de la deuda, que se eliminen todos los elementos ilegítimos y que se aplique estrictamente el Tratado. Si así se procede, la deuda actual de Itaipú será nula, o cercana a cero.
PUNTO 4. LA COGESTIÓN PLENA DE ITAIPÚ.
** Las dos principales direcciones de Itaipú, la Financiera y la Técnica, fueron ocupadas desde la creación del ente binacional (1974) hasta el presente por personas nombradas por el Gobierno brasileño. Itaipú ha sido un excelente negocio financiero para ELETROBRAS, como lo revelan sus propias cuentas y hasta un reciente anuncio de esta empresa en el Financial Times de Londres.
** El ejercicio ininterrumpido de la Dirección Financiera en manos del Brasil (ELETROBRAS) explica porqué ELETROBRAS hoy con capital privado y cotizando en diversas bolsas del mundo -tenga un excelente negocio financiero en Itaipú, desvirtuándose el objetivo de brindar una energía barata a los pueblos del Brasil y del Paraguay. Esta práctica, de mantener durante 35 años las direcciones Financiera y Técnica a cargo del Brasil, viola el carácter binacional del emprendimiento. El Paraguay exige la plena cogestión de los puestos más relevantes en Itaipú Binacional y ejercer las direcciones ejecutivas Técnica y Financiera por primera vez desde la firma del Tratado de Itaipú en 1973.
PUNTO 5. LA IMPLEMENTACIÓN DE AUDITORÍAS BINACIONALES PÚBLICAS.
** La binacionalidad fue utilizada como excusa para que la gestión administrativa y financiera -los contratos con grandes empresas no fuera auditada por los órganos de control de los respectivos países. En 36 años, nunca hubo una auditoría de las cuentas, la gestión ni la deuda en Itaipú.
** El aumento del costo de Itaipú en 10 veces y los precios unitarios, como el del hormigón armado -en su momento el más caro del mundo- indican a las claras que existieron irregularidades que deben ser investigadas. Hasta hoy hay graves denuncias de fraudes y robos en Itaipú.
** El Paraguay exige una inmediata auditoría binacional para las cuentas y deuda binacional, a cargo de los entes públicos de control (la Contraloría General de la República (CGR) del Paraguay y el Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil). El hecho que el Brasil haya aceptado que la CGR audite la deuda binacional de Itaipú se considera un paso importante.
PUNTO 6. LA REALIZACIÓN DE TODAS LAS OBRAS PREVISTAS EN EL TRATADO.
** En este punto el Paraguay exige que se cumpla con el Tratado. Que se construyan todas las obras previstas. Hay dos obras citadas expresamente en el Tratado que no han sido realizadas hasta la fecha: la subestación seccionadora del lado paraguayo y las obras de navegación.
** El Tratado prevé que existan dos subestaciones seccionadoras idénticas en cada lado. La subestación brasileña se construyó desde un inicio y del lado paraguayo se construyó una subestación seccionadora y transformadora mínima, que ya ha llegado a su punto de saturación. Hay redes de 500 kV, que parten del lado paraguayo de Itaipú, que van directo a la estación FURNAS del Brasil, sin pasar por la subestación seccionadora, por lo que el Paraguay no puede acceder técnicamente a la totalidad de su propia electricidad de Itaipú. El Paraguay exige la inmediata construcción de esta subestación seccionadora.
** Igualmente, el Tratado establece que se deberán hacer obras de navegación que salven el obstáculo a la navegación fluvial que significa la presa de Itaipú. En el ente binacional se han estudiado en el pasado diversas opciones, pero nunca se realizó nada. El Paraguay exige que se vuelvan a estudiar las diversas opciones, se elija la mejor y se inicie su construcción de inmediato.
** En principio, el Brasil aceptó que se hagan estas dos obras pendientes, lo que también se considera un importante avance.
-
POR QUÉ EL PARAGUAY PLANTEA AHORA LA RECUPERACIÓN DE SU SOBERANÍA HIDROELÉCTRICA.
** Porque el Tratado fue suscrito por dos dictaduras, la de Alfredo Stroessner (1954-1989) y la dictadura militar brasileña. En el Paraguay tuvo continuidad el mismo grupo político que firmó el Tratado y avaló sus transgresiones hasta el pasado 15 de agosto de 2008.
** Es por eso que el pueblo paraguayo, luego de reconquistar su libertad el 20 de abril de 2008, plantea la recuperación de su soberanía hidroeléctrica al Gobierno del Brasil y éste, presidido por Lula, aceptó tratar todos y cada uno de los seis (6) puntos, indudablemente porque se trata de un cambio histórico que crea una nueva condición de igualdad, antes que de subordinación.
-
LA PROPUESTA DEL PARAGUAY ES "GANAMOS TODOS".
** La propuesta del Paraguay es recuperar su soberanía hidroeléctrica lo que incluye recibir un precio justo y eliminar la parte ilegítima de la deuda- al mismo tiempo que convertir a Itaipú en el mayor instrumento de integración eléctrica regional.
** Argentina, Chile y Uruguay tienen problemas periódicos de altos costos de generación y escasez de electricidad. La Argentina perdió 4.000 millones US$ en el 2007 por falta de electricidad. El Brasil sufrió un "apagón" que le costó más de 15.000 millones US$. Estas pérdidas-superiores a 20.000 millones US$ en los últimos 8 años en toda la región- podían haberse evitado, o al menos minimizado, si existía una potente interconexión eléctrica regional entre Itaipú y Yacyretá, la indudable "columna vertebral" de la interconexión eléctrica en el Cono Sur de América.
** El Paraguay propone que se le deje asumir su rol de único país con genuinos excedentes hidroeléctricos (más de 40 millones de MWh/ año, el 85% de las exhortaciones brutas de electricidad y el 95% de las exhortaciones netas de electricidad en América del Sur) y de ser, en en consecuencia el eje de la interconexión eléctrica regional, pues no existen ningún otro Itaipú ni Yacyreta en la región (en el futuro, Corpus dará más fortaleza a esta interconexión eléctrica). No hay, además, ningún otro país que exporte tanta electricidad en América del Sur.
** La Región ganará, pues se reducirá la quema de combustibles fósiles, se aumentará la seguridad energética y se reducirá el riesgo y el costo de los "apagones".
** Vale decir, el eventual mayor precio (precio justo) que pagará el Brasil por la energía paraguaya, o por sustituirla si el Paraguay la exporta a otros países, se compensará con creces para toda le región con costos globales significativamente menores, incluso para el Brasil, que con sólo evitar un nuevo "apagón" de 15.000 millones US$ ganará significativamente. Sólo en el 2008 el Brasil gastó más de 1.000 millones US$ en combustibles fósiles, apenas por un nuevo riesgo de "apagón". Todos estos costos se pueden reducir enormemente si el Paraguay dispone libremente de su energía, en un marco de integración energética.
** En definitiva, lo que el Paraguay plantea es no sólo una reivindicación histórica justa, que dará dignidad a la relación con el Brasil, sino que es una solución donde todos ganamos y muy particularmente los pueblos del Paraguay y del Brasil.
-
(Fuente: LA RECUPERACIÓN DE LA SOBERANÍA HIDROELÉCTRICA DEL PARAGUAY. EN EL MARCO DE POLÍTICAS DE ESTADO DE ENERGÍA. Es una publicación de CINERGIAS (Centro de Investigación de Energía, Ambiente y Sociedad) Editorial “EL OMBLIGO DEL MUNDO”, Asunción-Paraguay 2009 – 148 páginas)
CAMPAÑA POR LA SOBERANÍA HIDROELÉCTRICA
Coordinadora Nacional por la Integración y Soberanía Energética
** La victoria del pueblo en la elección del 20 de abril de 2008 pasado, que llevó a Fernando Lugo a la Presidencia de la República, es el inicio de un profundo proceso de cambio. Uno de los ejes fundamentales es la recuperación de la soberanía hidroeléctrica, la principal riqueza natural del Paraguay.
** Como un reconocimiento al importante cambio que se iba a producir, el Presidente del Brasil, Luiz Inácio Lula Da Silva, en su primera entrevista con Fernando Lugo el 2 de abril de 2008, aceptó tratar todos los reclamos paraguayos sobre Itaipú.
** En función a ello, el gobierno paraguayo designó una Comisión de Negociación de Itaipú, coordinada por Ricardo Canese, la cual trabajó conjuntamente con el Presidente Fernando Lugo y estableció seis (6) puntos a ser reclamados al Brasil. Tales puntos son:
1. Soberanía hidroeléctrica (libre disponibilidad de la energía hidroeléctrica paraguaya).
2. Precio justo para la energía exportada.
3. Revisión de la deuda.
4. Administración paritaria (cogestión).
5. Control y transparencia.
6. Ejecución de las obras faltantes.
** Estos seis puntos fueron presentados en la reunión preliminar con Marco Aurelio García, el día 1º de agosto de 2008 y reafirmados en la cumbre presidencial del día 17 de setiembre de 2008, realizada en Brasilia. A partir de allí, se comenzaron a estudiar cada uno de tales puntos. Vamos a analizar qué significa cada uno de estos puntos.
PUNTOS 1 Y 2. LA LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA ENERGÍA PARAGUAYA Y EL PRECIO JUSTO.
** Estos dos primeros puntos están estrechamente relacionados entre sí. De acuerdo al Tratado de Itaipú, corresponde a cada país (Brasil y Paraguay) el 50% de la energía generada por la central y toda la energía no utilizada por una de las partes, debe ser cedida a la otra, a cambio de una compensación. Esta compensación se estableció (en el Tratado de 1973) sin ningún criterio de mercado ni técnico. Por las asimetrías entre ambos países, no era posible que el Paraguay consumiera toda su energía internamente y es el Paraguay entonces quien debía ceder su energía a Brasil.
** Pero, el Tratado (suscrito el 26 de abril de 1973) se basa en el Acta de Foz de Yguazú (del 22 de junio de 1966), en la cual se establecía que el Paraguay tenía derecho a vender su energía a terceros países, si bien el Brasil tendría "preferencia" en su adquisición si pagara por ello un "justo precio".
** El Acta de Foz de Yguazú está incorporada en el Preámbulo del Tratado y, por lo tanto, forma parte de él. El mismo Tratado no prohíbe que el Paraguay venda su energía a terceros países y le otorga al Brasil el derecho de adquisición de la energía que el Paraguay no utilice para su consumo interno, lo que debe ser interpretado, a la luz del Acta de Foz de Yguazú, como un derecho de preferencia, a "justo precio".
** El Paraguay reivindica plena soberanía sobre su energía hidroeléctrica, de la misma forma que el Brasil reclama y ejerce su soberanía en relación a sus recursos naturales. Coincidimos plenamente, pues, en los principios de ejercer la soberanía sobre nuestros recursos. Entonces, ¿por qué el Brasil no acepta que el Paraguay disponga soberanamente de su energía? Se basa en que -según su interpretación- el Paraguay renunció a ejercer su soberanía de acuerdo al Tratado de Itaipú de 1973 y que si el Brasil sabía que el Paraguay quería ejercer su soberanía, el Brasil no hubiera impulsado la construcción de Itaipú.
** La citada afirmación, dicha por exponentes del gobierno brasileño aunque no por el Presidente Lula- es falsa en varios sentidos.
** Primero, porque el Tratado, aún con sus defectos, no le prohíbe al Paraguay disponer libremente de su energía, dado que está incorporada el Acta de Foz de Yguazú a su Preámbulo y, por tanto, forma parte integral del mismo Tratado. Consiguientemente, no hay ninguna renuncia a ejercer la soberanía hidroeléctrica paraguaya. Ha sido la aplicación del Tratado por parte de los sucesivos gobiernos (paraguayos y brasileños) hasta el pasado 15 de agosto, y no su letra, lo que ha comprometido nuestra soberanía.
** Segundo, porque no hay en el Tratado ninguna renuncia expresa a la soberanía hidroeléctrica de parte del Paraguay y, si la hubiera o alguien la pudiera interpretar así, tal renuncia será nula, de nulidad insubsanable, pues la eventual renuncia a la soberanía nacional debería guardar formas que no se han guardado.
** Tercero, porque el pueblo paraguayo estaba sometido a la dictadura de Alfredo Stroessner y, por lo tanto, cualquier eventual renuncia a la soberanía nacional -en un momento en que el pueblo no podía ejercer sus derechos- sería enteramente nula.
** Y cuarto, porque en verdad el Brasil no tenía y mucho menos tiene hoy- alternativa más conveniente que Itaipú. Aún con los inflados costos de Itaipú (que generaron un fabuloso negocio para la industria, las empresas de construcción y las finanzas del Brasil, hasta ahora), su energía es relativamente barata para el Brasil. Además, la mayor parte de dicho costo (el pago de la deuda y los gastos de explotación) quedan "en casa" y, en verdad, son fuentes de negocio para grandes empresas brasileñas y transnacionales afincadas en el Brasil.
** En el último trimestre de 2008, Chile ofreció comprar energía paraguaya a unos 120 US$/MWh (casi el triple de lo que el Brasil paga por la energía paraguaya de Itaipú, a 45 US$/MWh). Aún previéndose mayores costos, el beneficio neto que resultaría de la operación de exportación a Chile sería del orden de 60 US$/MWh, unas 20 veces (2.000%) la compensación que el Paraguay recibe del Brasil por ceder con exclusividad su energía. Esta oferta concreta que a mayo de 2009 estaba pendiente de la autorización argentina- demuestra la importancia del principio de la soberanía hidroeléctrica.
** La energía de Itaipú tiene una tarifa eléctrica que siempre debe ser igual al costo, según se establece en el Anexo C del Tratado. Los dos países, cuando contratan la potencia y la energía que está asociada a ella, pagan a Itaipú ese costo del servicio, que es el mismo (cerca de 42 US$/MWh). Cuando el Brasil recibe la energía paraguaya, paga la compensación por la cesión de energía al Paraguay (3 US$/MWh), costándole la tarifa unos 45 US$/MWh. Si se tiene en cuenta que el Brasil recibe una energía casi gratuita (la energía excedente y "no garantizada", a 5,1 US$/MWh), la tarifa promedio para el Brasil resulta igual a 37,8 US$/MWh (por 84.000 GWh/año, energía equivalente al 20% de la demanda del sistema eléctrico brasileño).
** Nótese que las tarifas que pagan Paraguay y Brasil son las mismas para (a) la energía asociada a la potencia contratada (42,7 US$/MWh) y (b) para la energía "adicional" (excedente y "no garantizada", 5,1 US$/MM).
** El sistema eléctrico brasileño se lleva el 75% de esta última energía casi gratuita (12.740 GWh/año), en tanto que el Paraguay apenas el 25% (4.260 GWh/año), a pesar de que el Tratado establece que la energía será dividida en "partes iguales" y que esa ha sido la práctica desde el inicio de la operación, en relación a la energía gratuita o casi gratuita (energía de prueba; energía de transición; y energía excedente). Hay que acotar que por 8.500 GWh/año el Brasil paga 5,1 US$/ MWh (su 50%) y por 4.240 GWh/año (la energía paraguaya "no garantizada" cedida) el Brasil paga 7,8 US$/MWh.
** Es cierto, como normalmente señalan los técnicos brasileños de Itaipú, que la tarifa promedio del Paraguay resulta más barata (22,6 US$/MWh) que la del Brasil (37,8 US$/GWh), pero ello se debe a que el Paraguay, aún accediendo a menos de lo que tiene derecho de la energía casi gratuita, como consume una pequeña cantidad, en promedio el precio es más bajo. Esto no debe ocultar que el Brasil lleva mucha más (75%) de energía (casi gratuita). El Paraguay reivindica tener acceso al 50% de la energía "no garantizada" casi gratuita, tal como establece el artículo XIII del Tratado.
** Un hecho similar ocurre con la reserva de potencia gratuita, en torno a 400 MW que mayoritariamente ha servido para mantener la frecuencia del sistema eléctrico brasileño.
** En cuanto a los beneficios totales (no sólo la compensación, sino también los royalties, el resarcimiento y las utilidades, los cuatro conceptos previstos en el Anexo C del Tratado), hubo un visible deterioro del valor que preveía el Tratado que el Paraguay iba a recibir el 26 de abril de 1973, cuando fue firmado el mismo, en relación al presente. En abril de 1973 el Paraguay podía comprar 19,5 millones de barriles con los beneficios previstos en el Tratado, y hoy, aún con la pronunciada caída de la cotización del petróleo, el Paraguay puede comprar tan sólo la cuarta parte (si el barril está a 70 US$) o la mitad (si el barril está a 35 US$). En mayo de 2009, la cotización está en 60 US$/barril, lo que permite comprar menos de la tercera parte que en 1973.
** No seguir los criterios de mercado puede ser una política justa para reparar las asimetrías con los países de menor grado de desarrollo. Eso es lo que hace Venezuela, por ejemplo, cuando vende su petróleo a países pobres por debajo del precio internacional. Vender por debajo del costo se justifica para subsidiar y ayudar a los países más pobres. También cuando consumidores de países ricos pagan más en un trato directo con los pequeños productores de países pobres, por ejemplo. Es lo que se denomina "comercio justo". En nuestro caso ocurre exactamente lo contrario. El Paraguay es un país más pobre que el Brasil. Posee el triple de indigentes en términos porcentuales.
** Se da una paradoja, entonces, que el país más pobre -el Paraguay- subsidia con una energía de más alta calidad que el petróleo a un país porcentualmente más rico, como es el Brasil y, para más, esa tendencia se ha ido agudizando en las últimas décadas. Por eso el Paraguay puede comprar hoy la mitad (si el petróleo se cotiza a 35 US$), menos de un tercio (si el petróleo está en 60 US$/barril, cotización de mayo de 2009), o bien la cuarta parte (si el petróleo se cotiza a 70 US$) de lo que podía comprar en abril de 1973.
** Lo que el Paraguay reivindica es que se aplique el criterio definido en el Acta de Foz de Yguazú, base del Tratado de Itaipú, incorporado y parte de este mismo. En ese caso, el Brasil continuará teniendo la preferencia sobre la energía paraguaya, siempre que pague el "precio justo" (120 US$/MWh, como ofrece Chile, incluso con un descuento por menores gastos de transmisión e intermediación, y no 45 US$/ MWh como ahora paga a Itaipú por la energía paraguaya). El Paraguay propone que la libre disponibilidad de su energía se dé en un marco de integración regional eléctrica en el Cono Sur de América, con una estrategia donde todos ganamos.
** Igualmente, se exige que el Paraguay tenga el 50% de la energía "no garantizada" casi gratuita y también el 50% de potencia gratuita, igual a la reserva de potencia gratuita adicional al 50%, utilizada por el sistema eléctrico brasileño desde 1985 a la fecha, para mantener su frecuencia.
PUNTO 3. REVISIÓN DE LA DEUDA DE ITAIPÚ.
** La regla que rige en Itaipú es que las empresas eléctricas que contratan potencia -y adquieren energía- pagan una tarifa igual al costo total del servicio de electricidad, dentro del cual se incluye el pago del servicio de la deuda (total de cargas financieras y amortización de créditos contratados). Como se vio en el Cuadro 1, el 66% del costo del servicio corresponde al pago de la deuda. Ahora bien, ¿cuál es el origen y carácter de la citada deuda, que a fines del 2007 era de 18.701 millones de dólares?
** Se había sido calculado en un inicio que Itaipú iba a costar 2.033 millones US$, incluyendo las cargas financieras. Terminó costando más de 20.000 millones. Este fuerte incremento de costos se debe a los enormes sobrecostos (robos) perpetrados durante la etapa inicial de su construcción, dirigida por ambas dictaduras, brasileña y paraguaya. Aproximadamente el 85% de la facturación ha sido realizada por empresas brasileñas o transnacionales afincadas en el Brasil y el 15% restante por empresas paraguayas. Este 15% posibilitó la creación de una oligarquía de inmensas fortunas malhabidas que ha tenido entre sus miembros a Stroessner y su círculo íntimo, entre ellos, Andrés Rodríguez, y los popularmente llamados “Barones de Itaipú” que gobernaron directamente el país entre 1993 y 1999 (Juan Carlos Wasmosy y Raúl Cubas).
** Otra razón por la cual la deuda de Itaipú no ha bajado desde el inicio de su operación hasta ahora es porque en lugar de amortizarse los créditos contratados -como establece el Anexo C del Tratado desde el inicio de la operación de la usina (1985) Itaipú decidió fijar una tarifa inferior al costo a pedido de las empresas eléctricas brasileñas FURNAS y ELETROSUL. Este pedido podía haber sido atendido, pero como crédito de Itaipú a ambas empresas eléctricas y no con una medida no prevista por el Tratado: la aplicación de una tarifa por debajo del costo, de la cual se benefició también la ANDE, aunque apenas en un 2%.
** El Paraguay ha solicitado al Brasil en la mesa de negociaciones que se tome en cuenta este hecho y que Itaipú cobre a las empresas eléctricas brasileñas (en un 98%) y a la ANDE (en un 2%), o bien las Altas Partes Contratantes (Brasil y Paraguay), como establece el Tratado. Igualmente, el Paraguay ha propuesto que se cobre a cada empresa eléctrica (o a las Altas Partes) los intereses moratorios de 1%/mes que Itaipú Binacional le está cobrando actualmente a la ANDE por la cuenta de energía que no pagó entre 1999 y 2000.
** La adopción de esta medida (fijación de tarifa por debajo del costo) demuestra que, cuando le conviene a las grandes empresas eléctricas del Brasil, no se ha dudado en modificar de facto el Tratado. Por ello, la negativa a interpretar como corresponde el Tratado de Itaipú porque, según los negociadores brasileños, sería una "modificación" del Tratado, en el sentido que el Paraguay puede disponer libremente de su energía (si bien con preferencia para el Brasil), carece de toda lógica, pues en su momento el Brasil procedió a dejar de tener en cuenta el Tratado, a fin de obtener una tarifa inferior al costo.
** También hay otros cuestionamientos a la deuda, como ser (a) la no contratación de potencia por parte del Brasil entre 1988 y 1990, (b) el aumento brusco de la deuda en 1994 (por más de 4.000 millones US$) debido a la aplicación del Plan Real en el Brasil y (c) la no consideración en el costo del servicio de electricidad de Itaipú del reajuste aplicado al saldo de la deuda desde 1997 hasta 2007, y eliminado desde el 2008. También se debe considerar el hecho que, según el artículo IX del Tratado, las Altas Partes (y sus verdaderos "alter ego" como ELETROBRAS) deben dar aportes y no créditos.
** ¿Qué propone; en suma, el Paraguay en cuanto a la deuda de Itaipú? Que se realice una auditoría de la deuda, que se eliminen todos los elementos ilegítimos y que se aplique estrictamente el Tratado. Si así se procede, la deuda actual de Itaipú será nula, o cercana a cero.
PUNTO 4. LA COGESTIÓN PLENA DE ITAIPÚ.
** Las dos principales direcciones de Itaipú, la Financiera y la Técnica, fueron ocupadas desde la creación del ente binacional (1974) hasta el presente por personas nombradas por el Gobierno brasileño. Itaipú ha sido un excelente negocio financiero para ELETROBRAS, como lo revelan sus propias cuentas y hasta un reciente anuncio de esta empresa en el Financial Times de Londres.
** El ejercicio ininterrumpido de la Dirección Financiera en manos del Brasil (ELETROBRAS) explica porqué ELETROBRAS hoy con capital privado y cotizando en diversas bolsas del mundo -tenga un excelente negocio financiero en Itaipú, desvirtuándose el objetivo de brindar una energía barata a los pueblos del Brasil y del Paraguay. Esta práctica, de mantener durante 35 años las direcciones Financiera y Técnica a cargo del Brasil, viola el carácter binacional del emprendimiento. El Paraguay exige la plena cogestión de los puestos más relevantes en Itaipú Binacional y ejercer las direcciones ejecutivas Técnica y Financiera por primera vez desde la firma del Tratado de Itaipú en 1973.
PUNTO 5. LA IMPLEMENTACIÓN DE AUDITORÍAS BINACIONALES PÚBLICAS.
** La binacionalidad fue utilizada como excusa para que la gestión administrativa y financiera -los contratos con grandes empresas no fuera auditada por los órganos de control de los respectivos países. En 36 años, nunca hubo una auditoría de las cuentas, la gestión ni la deuda en Itaipú.
** El aumento del costo de Itaipú en 10 veces y los precios unitarios, como el del hormigón armado -en su momento el más caro del mundo- indican a las claras que existieron irregularidades que deben ser investigadas. Hasta hoy hay graves denuncias de fraudes y robos en Itaipú.
** El Paraguay exige una inmediata auditoría binacional para las cuentas y deuda binacional, a cargo de los entes públicos de control (la Contraloría General de la República (CGR) del Paraguay y el Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil). El hecho que el Brasil haya aceptado que la CGR audite la deuda binacional de Itaipú se considera un paso importante.
PUNTO 6. LA REALIZACIÓN DE TODAS LAS OBRAS PREVISTAS EN EL TRATADO.
** En este punto el Paraguay exige que se cumpla con el Tratado. Que se construyan todas las obras previstas. Hay dos obras citadas expresamente en el Tratado que no han sido realizadas hasta la fecha: la subestación seccionadora del lado paraguayo y las obras de navegación.
** El Tratado prevé que existan dos subestaciones seccionadoras idénticas en cada lado. La subestación brasileña se construyó desde un inicio y del lado paraguayo se construyó una subestación seccionadora y transformadora mínima, que ya ha llegado a su punto de saturación. Hay redes de 500 kV, que parten del lado paraguayo de Itaipú, que van directo a la estación FURNAS del Brasil, sin pasar por la subestación seccionadora, por lo que el Paraguay no puede acceder técnicamente a la totalidad de su propia electricidad de Itaipú. El Paraguay exige la inmediata construcción de esta subestación seccionadora.
** Igualmente, el Tratado establece que se deberán hacer obras de navegación que salven el obstáculo a la navegación fluvial que significa la presa de Itaipú. En el ente binacional se han estudiado en el pasado diversas opciones, pero nunca se realizó nada. El Paraguay exige que se vuelvan a estudiar las diversas opciones, se elija la mejor y se inicie su construcción de inmediato.
** En principio, el Brasil aceptó que se hagan estas dos obras pendientes, lo que también se considera un importante avance.
-
POR QUÉ EL PARAGUAY PLANTEA AHORA LA RECUPERACIÓN DE SU SOBERANÍA HIDROELÉCTRICA.
** Porque el Tratado fue suscrito por dos dictaduras, la de Alfredo Stroessner (1954-1989) y la dictadura militar brasileña. En el Paraguay tuvo continuidad el mismo grupo político que firmó el Tratado y avaló sus transgresiones hasta el pasado 15 de agosto de 2008.
** Es por eso que el pueblo paraguayo, luego de reconquistar su libertad el 20 de abril de 2008, plantea la recuperación de su soberanía hidroeléctrica al Gobierno del Brasil y éste, presidido por Lula, aceptó tratar todos y cada uno de los seis (6) puntos, indudablemente porque se trata de un cambio histórico que crea una nueva condición de igualdad, antes que de subordinación.
-
LA PROPUESTA DEL PARAGUAY ES "GANAMOS TODOS".
** La propuesta del Paraguay es recuperar su soberanía hidroeléctrica lo que incluye recibir un precio justo y eliminar la parte ilegítima de la deuda- al mismo tiempo que convertir a Itaipú en el mayor instrumento de integración eléctrica regional.
** Argentina, Chile y Uruguay tienen problemas periódicos de altos costos de generación y escasez de electricidad. La Argentina perdió 4.000 millones US$ en el 2007 por falta de electricidad. El Brasil sufrió un "apagón" que le costó más de 15.000 millones US$. Estas pérdidas-superiores a 20.000 millones US$ en los últimos 8 años en toda la región- podían haberse evitado, o al menos minimizado, si existía una potente interconexión eléctrica regional entre Itaipú y Yacyretá, la indudable "columna vertebral" de la interconexión eléctrica en el Cono Sur de América.
** El Paraguay propone que se le deje asumir su rol de único país con genuinos excedentes hidroeléctricos (más de 40 millones de MWh/ año, el 85% de las exhortaciones brutas de electricidad y el 95% de las exhortaciones netas de electricidad en América del Sur) y de ser, en en consecuencia el eje de la interconexión eléctrica regional, pues no existen ningún otro Itaipú ni Yacyreta en la región (en el futuro, Corpus dará más fortaleza a esta interconexión eléctrica). No hay, además, ningún otro país que exporte tanta electricidad en América del Sur.
** La Región ganará, pues se reducirá la quema de combustibles fósiles, se aumentará la seguridad energética y se reducirá el riesgo y el costo de los "apagones".
** Vale decir, el eventual mayor precio (precio justo) que pagará el Brasil por la energía paraguaya, o por sustituirla si el Paraguay la exporta a otros países, se compensará con creces para toda le región con costos globales significativamente menores, incluso para el Brasil, que con sólo evitar un nuevo "apagón" de 15.000 millones US$ ganará significativamente. Sólo en el 2008 el Brasil gastó más de 1.000 millones US$ en combustibles fósiles, apenas por un nuevo riesgo de "apagón". Todos estos costos se pueden reducir enormemente si el Paraguay dispone libremente de su energía, en un marco de integración energética.
** En definitiva, lo que el Paraguay plantea es no sólo una reivindicación histórica justa, que dará dignidad a la relación con el Brasil, sino que es una solución donde todos ganamos y muy particularmente los pueblos del Paraguay y del Brasil.
-
(Fuente: LA RECUPERACIÓN DE LA SOBERANÍA HIDROELÉCTRICA DEL PARAGUAY. EN EL MARCO DE POLÍTICAS DE ESTADO DE ENERGÍA. Es una publicación de CINERGIAS (Centro de Investigación de Energía, Ambiente y Sociedad) Editorial “EL OMBLIGO DEL MUNDO”, Asunción-Paraguay 2009 – 148 páginas)
No hay comentarios:
Publicar un comentario